Un antiguo adagio jurídico postula que no vale otro mundo que el que consta en el expediente. Y en el juicio que inició el Ministerio Público Fiscal para impedir la aplicación de la ley que dispone la investigación local de las causas de narcomenudeo hay un acta que explica por qué el proceso está detenido desde 2015. El Gobierno de José Alperovich, mediante la Fiscalía de Estado, acordó la suspensión de los plazos con el ministro público Edmundo Jiménez. El mantenimiento de esta posición -con cambio de autoridades del Poder Ejecutivo mediante- implicó, en los hechos, que la persecución de transas y microtraficantes de drogas continuara en la órbita de la Justicia Federal puesto que el pleito fue frenado luego de que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán bloqueara cautelarmente la aplicación de la ley que traspasa la competencia. El alto tribunal no puede hacer nada respecto del convenio de las partes, pese a que la Legislatura le exigió esta semana que resuelva el juicio.
El acta del 28 de julio de 2015 indica que Jiménez; el entonces fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa, y el apoderado de la Provincia en este pleito, Aldo Cerutti, asistieron a una audiencia solicitada por el primero en la Corte. En esa reunión intervinieron los vocales Antonio Gandur (en ese momento, presidente), Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Daniel Posse (hermano del ex fiscal de Estado y hoy titular del tribunal), además de la secretaria judicial Claudia Forté (sólo faltó el vocal decano René Goane).“Cedida la palabra al ministro fiscal (Jiménez), este solicita la suspensión del trámite de la causa hasta tanto se solucionen cuestiones necesarias ‘de atender’ (sic) para la solución de la problemática. El fiscal de Estado (Posse Ponessa) manifiesta conformidad con la suspensión de los términos, los que podrán ser reabiertos a instancias de cualquiera de las partes”, expresa el documento incluido en esta edición.
Sólo Jiménez, quien ayer reiteró que los fiscales siguen sin estar en condiciones de enfrentar a los vendedores de drogas al por menor, y el Poder Ejecutivo han de reactivar el juicio que congelaron hace casi tres años. Daniel Leiva, fiscal de Estado del Gobierno de Juan Manzur, manifestó ayer que eventualmente habrá que concluir ese proceso, pero que la solución de fondo dependía de la posibilidad de establecer una política de Estado (se informa por separado). La Corte no está habilitada a suplir la inactividad procesal de las partes en conflicto por la Ley 8.664, que en marzo de 2014 estipuló que los vendedores minoristas de drogas sean acusados por el Ministerio Público a cargo de Jiménez y juzgados en el Poder Judicial provincial. En otras palabras: los vocales no pueden pasar por encima del jefe de los fiscales y del Gobierno, y “obligarlos” a resolver sus diferencias.
La discusión sobre la norma, que debía entrar en vigor en marzo de 2015, reapareció con la intensificación del malestar frente a la impunidad de los transas. La controversia se coló en la sesión legislativa del 15 de mayo: sobre tablas y cuando varios opositores ya se habían retirado del recinto, el oficialismo logró la aprobación de una resolución que, en términos concretos, responsabiliza a la Corte por la parálisis del proceso que promovió Jiménez contra la Provincia y la insta a resolverlo, y, en sentido amplio, cuestiona la impotencia del Poder Judicial.
“Es de público conocimiento que las causas de narcomenudeo no son causas que los Tribunales Federales estén en condiciones de investigar (...). La lucha contra el narcotráfico tiene que ser prioridad de las políticas de Estado porque la sociedad lo está reclamando. Los poderes deben afrontar con sus recursos este flagelo. Sostener que no se puede, como lo hizo el presidente de la Corte de la provincia (Posse), no soluciona el problema”, dijeron los legisladores, entre ellos una mayoría afín al Poder Ejecutivo espoleada por el justicialista Marcelo Caponio. Y añadieron: “desde el mes de julio de 2015 el trámite del caso está suspendido. En consecuencia, la Corte no ha resuelto a la fecha si corresponde o no aplicar la Ley 8.664. El principal poder que se debe involucrar es el Poder Judicial de Tucumán”.
La Corte guardó silencio frente a la resolución que le exige una sentencia imposible en el estado actual del proceso. El juicio en cuestión comenzó el 15 de febrero de 2015, dos semanas antes de que entrara en vigor la ley. El 19 de febrero, el alto tribunal emitió la cautelar que había solicitado Jiménez con los votos de Gandur, Goane, Sbdar y Posse (Estofán estaba de licencia). Los vocales frenaron la transferencia de la competencia invocando, entre otros argumentos, que no había habido la correspondiente dotación de recursos y capacitación, y que el encuadramiento de un caso en el narcomenudeo o en el narcotráfico podría generar inconvenientes entre los fueros locales y federales. La Fiscalía de Estado a continuación pidió la desestimación de la demanda del ministro público, pero, luego, pactó con este la detención del juicio. El statu quo se mantiene hasta hoy, según las constancias del expediente.